Los amarres del puerto deportivo de Santurtzi

He leído en el foro Santurtzi al día que ha habido algún problema con los amarres del puerto deportivo de Santurtzi.

Hay una asociación que ha colaborado con el ayuntamiento desde el inicio del proyecto del puerto deportivo. La asociación es la SOCIEDAD NAUTICA DEPORTIVA KARMENGO AMA, una agrupación inscrita en el registro de asociaciones del ayuntamiento de Santurtzi.

En la concesión de amarres la preferencia es para los empadronados y por la naturaleza marinera de Santurtzi y el tamaño del puerto, será casi en exclusiva para los empadronados.

Se establecen dos excepciones, los que se vieron afectados por un traslado de amarre anterior a la norma y he aquí la sorpresa, para los asociados a la citada sociedad naútica si realizaron las gestiones antes de la publicación de la ordenanza.

DISPOSICIÓN ADICIONAL 2.a
Se asimilan a los empadronados, a efectos de aplicación de
las tasas fijadas en la ordenanza fiscal, todas aquellas personas
titulares de embarcaciones que en el primer traslado realizado a
los nuevos fondeos, ordenado con motivo del dragado realizado
el año 2001, se encontraban inscritas en el inventario municipal realizado
con la totalidad de las embarcaciones fondeadas entonces
en la zona. Así mismo, se aplicará el mismo régimen a todos los
miembros de la Asociación Náutica-Deportiva Carmengo Ama que
hayan presentado solicitud antes de la entrada en vigor del presente
Reglamento
.
Esta disposición solo será aplicable al titular solicitante inicial
y no a titulares posteriores, sea cual sea el titulo habilitante.
Esta disposición tendrá una validez de 15 años a partir de la
entrada en vigor del presente Reglamento, una vez transcurrido este
plazo se aplicará el régimen correspondiente según la situación
censal.


El problema del que habla el forero es porque el cree que se les da condición de "santurzanos" a los de la citada sociedad, coincido con él en eso, no se habla de cuotas o de porcentajes, por lo tanto pueden acceder un número ilimitado de ellos, vivan dónde vivan, a un amarre.

Yo encuentro un problema análogo que me parece igual de injusto, el término "empadronado". El "espíritu de la norma" quiero pensar que da preferencia a los que con cuyos impuestos se construyó y se mantendrá el puerto deportivo, pero empadronado, no es residente ni pagador de impuestos y/o tasas municipales.

Estoy harto de la cantidad de empadronados "fantasmas" que hay en Bilbao para tener tarjeta de OTA de residente, personas empadronadas en casas de familiares y/o amigos residentes en otros municipios, para venir en vehículo particular a Bilbao a trabajar o a pasar la tarde, cosa que pasa sobretodo en la zona del Casco Viejo, con la tarjeta de OTA "caballito blanco", la 10, que les habilita a aparcar en cualquier zona de Bilbao.

Por tanto, llevado a Santurtzi y previendo que si hay jetas con la OTA los habrá con los amarres ¿que diferencia a un empadronado "fantasma" de un miembro de la sociedad naútica?

Yo creo que dónde está la ley, está la trampa y tanto puede haber jetas en un lado y en el otro. De hecho, el que se queja habla de que el barco es una hija, que no vive en Santurtzi, pero que el padre si y que ya han encontrado la "trampa", poner al padre como segundo propietario. ¿No es injusto también?

Por cierto, los ayuntamientos se lo deberían currar un poco mas, porque dejan muchos huecos en las leyes ...

Salu2



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